lunes, 18 de diciembre de 2017

SI fichar o SI fichar, la entrada al trabajo parece que va a ser la solución!!!


En 2013 se pone en marcha la normativa que obliga a dar a los trabajadores el listado de las horas trabajadas durante el mes y la 1ª sentencia del tribunal supremo durante el inicio de 2017 la inspección levanto muchísimos expedientes sancionadores porque no se estaba cumpliendo la normativa o la aplicación de la jurisprudencia del supremo.
Es a raíz de otra sentencia del supremo, en esta ocasión para intentar tumbar la anterior que el tema de fichar queda en el aire ya que en esta nueva sentencia lo que dice el tribunal es que no es obligatorio que los trabajadores hagan los fichajes de entrada y de salida, sino que solo deben realizar los de las horas extras. Sentencia que se dicta por las presiones de la banca para no tener que pagar horas extras o tener que contratar más personal. 

Es por todo ello que el pasado 17/10 el Congreso ha tomado en consideración la propuesta de ley para incluir la obligación de registrar diariamente la entrada y salida de cada trabajador, esta ley se incluye mediante modificación del estatuto de los trabajadores.
La necesidad de obtener las horas de trabajo para controlar los costes existe y es una realidad, así como la necesidad del trabajador de conocer su saldo de horas sobre todo cuando se realiza jornada flexible.
 
En los meses de final de 2016 y del 2017 la inspección intensifico sus actuaciones para intentar acabar con las practicas abusivas de jornadas por encima de las contratadas y como en el caso de la banca, las horas trabajadas en exceso ni se pagan y están quitando puestos de trabajo a otros

En la relación laboral cada uno de los actores implicados, trabajador, empresario y administración se comprometen por contrato a cumplir con su parte en la relación laboral, el trabajador a realizar su trabajo con profesionalidad, a cumplir con su tiempo de jornada manteniendo una calidad mínima en su trabajo. El empresario se compromete a tener toda la documentación en regla, pagar su salario, ingresar los impuestos y tasas de la Seguridad social, los pagos del IRPF y `por último el garante de que el contrato sea válido en primer lugar y además de que se cumpla la relación trabajador / empresario tal y como se recoge en dicho documento garantizando las prestaciones sociales al trabajado que a través de la Inspección de Trabajo exige la aplicación de las normas que dicta la Seguridad Social, sobre todo las que resultan onerosas para las empresas y para los trabajadores

Una exigencias que incorpora todo contrato de trabajo es la duración de la jornada laboral, horario, y debe respetarse y cumplirse ya que es la razón fundamental de la contraprestación, horas-salario, ssin entrar a valorar otros aspectos como el desempeño del puesto y está claro que se intercambia tiempo trabajado / trabajo por una remuneración dineraria.

Toda la lucha obrera ha estado centrada en el reconocimiento de una duración que va bajando en cuanto a nº de horas anuales de trabajo y en el descaso semanal del trabajador, tanto en las jornadas que exceden de las 6 horas continuadas, así como a una o dos horas entre la jornada para la modalidad de jornada partida. También viene determinado por la ley el descanso mínimo entre jornadas de trabajo, siendo dicho descanso de 12 horas entre jornadas. Se impone un número de horas de trabajo por semana y los convenios regulan un máximo de horas a trabajar anualmente.
Para evitar malos entendidos y que las partes cumplen con su compromiso contractual se debe registrar la hora de entrada y de salida, tanto al inicio y final de jornada, así como cada una de las incidencias que se puedan producir como el registro de los descansos.

Ese registro puede ser manual firmando en una hoja donde se indica la hora, la fecha, el nombre del trabajador y su firma en el documento o los sistemas de control de presencia mediante un terminal / reloj que puede ser de cartulina o electrónico con sistemas de código + PIN, con tarjeta de plástico PVC con Código de barras, o con banda o la mayoría con proximidad. Los marcajes realizados con dichos sistemas sirven para justificar delante de la autoridad laboral si se cumple o incumple la relación laboral y sancionar a la parte que las incumple.

La necesidad por parte de la administración a que se cumpla con las condiciones del contrato y de que no se cometan irregularidades como tener contratadas menos horas de las que el trabajador realiza y pagar el exceso extra sin pagar las cargas sociales, o trabajaras demás y no cobrarlas. Cuando no existe control todo ello presuponiendo la buena fe de los actores, pero por otro lado con la tasa de paro y la precariedad laboral, la administración está obligada a tomar medidas para acabar con el abuso y/o el fraude y es por todo ello que se inicia el trámite para regular a nivel del estatuto de los trabajadores la obligación de registrar la entrada y salida del trabajo, con la justificación necesaria para que los tres actores cumplan cada uno con su parte de la relación laboral.

Por tanto concluimos que el registro de la entrada y salida debe ser obligatorio registrarlo y disponemos de sistemas para realizarlo en el puesto de trabajo en la oficina, en la fábrica, en trabajos externos, en trabajos en el campo, para personal de servicios en cuadrillas y para personal como comerciales mediante nuestros equipos podemos tener controlados los costes de las horas de todos nuestros trabajadores con un coste razonable y un control total por parte de los 3 actores implicados.
Departamento técnico y relaciones laborales de T2app
www.t2app.com

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